¿Has recibido una notificación de inspección de Hacienda? No entres en pánico. En este artículo te explicamos qué tipos de inspecciones existen, cuáles son tus derechos como contribuyente ante la AEAT, qué documentación debes preparar y cómo actuar para minimizar las consecuencias. Con el asesor fiscal adecuado, una inspección puede resolverse sin liquidaciones ni sanciones.

Recibir una notificación de la Agencia Tributaria (AEAT) puede ser una experiencia estresante, pero no tiene por qué ser una catástrofe. La clave está en saber exactamente qué tipo de actuación te ha iniciado Hacienda, cuáles son tus derechos como contribuyente y cómo prepararte adecuadamente. Con el asesor fiscal correcto a tu lado, la mayoría de las inspecciones y comprobaciones se pueden resolver favorablemente o con consecuencias mínimas. En Temprano López hemos acompañado a cientos de clientes a lo largo de procesos de inspección y te explicamos todo lo que debes saber.
Existen diferentes tipos de actuaciones de la AEAT. Las más habituales son: la comprobación limitada (cuando Hacienda pide que justifiques una deducción o un dato concreto en tu declaración), el requerimiento de información (cuando te piden datos sobre terceros o sobre una operación específica) y la inspección formal (el procedimiento más completo, donde un inspector revisa todos tus impuestos durante varios ejercicios). También existe la verificación de datos, que es la más sencilla y se usa para corregir errores formales o datos contradictorios. Es fundamental saber ante qué tipo de actuación estás para responder adecuadamente y no proporcionar más información de la necesaria.
La Ley General Tributaria recoge una serie de derechos que tienes como contribuyente ante cualquier actuación de la AEAT. Tienes derecho a ser asistido por un asesor o representante (abogado o asesor fiscal) en cualquier momento del procedimiento. Tienes derecho a conocer el estado de tu expediente y a acceder a la documentación obrante en él. Tienes derecho a que los plazos se respeten: si Hacienda supera los plazos legales, el procedimiento puede caducar. Tienes derecho a no declarar contra ti mismo y a presentar alegaciones y pruebas en tu defensa. Y, muy importante: tienes derecho a que la AEAT no pueda revisar períodos que hayan prescrito (en general, los anteriores a 4 años desde la fecha de prescripción).
En Temprano López tenemos un equipo especializado en defensa ante la AEAT con años de experiencia en procedimientos de comprobación e inspección. Te acompañamos desde el primer requerimiento hasta el cierre del procedimiento, preparamos toda la documentación necesaria, negociamos con los inspectores y, si es necesario, presentamos alegaciones y recursos. Nuestro objetivo es que la inspección se cierre sin liquidación o con la mínima repercusión posible. Si has recibido una notificación de Hacienda, contáctanos hoy mismo: el tiempo es crucial y actuar rápido puede marcar la diferencia.
